08-10-2004
El Mercado Común del Sur- es el cuarto bloque comercial del mundo por su magnitud económica. Está integrada por cuatro países: Argentina, Brasil, Uruguay y Paraguay.El Mercado Común del Sur- es el cuarto bloque comercial del mundo por su magnitud económica. Está integrada por cuatro países: Argentina, Brasil, Uruguay y Paraguay. El Mercosur se constituyó a partir del Tratado de Asunción, suscrito el 26 de marzo de 1991, estableciéndose una asociación de libre comercio. El acuerdo de los Protocolos de Ouro Preto, en diciembre de 1994, dio paso al nacimiento, a partir del 1 de enero de 1995, de una Unión Aduanera entre los cuatros países signatarios.
Los órganos institucionales del Mercosur son los siguientes:
I- El Consejo del Mercado Común (CMC); II- El Grupo Mercado Común (GMC); III- La Comisión de Comercio del Mercosur (CCM); IV- La Comisión Parlamentaria Conjunta (CPC); V- El Foro Consultivo Económico-Social (FCES); VI- La Secretaría Administrativa del Mercosur (SAM).
Los dos principios básicos que rigen la Unión son:
El libre comercio, sin trabas arancelarias (barreras cuantitativas), ni para-arancelarias (barreras cualitativas), entre los Estados miembros; y un arancel externo común frente a terceros países.
Durante el período de transición que, para la mayoría de productos concluyó en el 2001, existen algunas excepciones a esos dos principios: El llamado Régimen de Adecuación por el cual los productos que cada país consideró sensibles, mantienen un cierto nivel de protección para el comercio recíproco, con el objetivo de darles tiempo para adecuarse a la competencia regional e internacional. Estos productos son desgravados progresivamente hasta alcanzar arancel 0. En forma transitoria, los países del Mercosur tienen derecho a establecer excepciones al Arancel Externo Común (AEC), aplicando el propio. Es asi que Argentina, Brasil y Uruguay pueden mantener hasta el 1 de enero de 2001 un mero máximo de 300 posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur, y en el caso de Paraguay asciende a un máximo de 399 hasta el año 2006. Para los bienes de capital, Argentina y Brasil deben converger al AEC el 1 de enero de 2000, y Uruguay y Paraguay el 1 de enero de 2006. Para la informática y telecomunicaciones, la convergencia se alcanzará el 1 de enero de 2006 para los cuatro países.
Alberto Rino - arino@format-e.net Profesor de BCNK.Formació- GRUP INTEGRAL Especialista en Comercio Exterior. www.format-e.net |