29-09-2004
El Banco Central de Chile adoptó nuevas disposiciones en materia de requerimientos de información para las operaciones de cambios de comercio exterior. Bajo estas nuevas disposiciones, a partir del 1° de enero de 2004 sólo deberán informar trimestralmente al Banco Central aquellos exportadores e importadores que hayan realizado operaciones anuales, durante el año calendario anterior, por un monto igual o superior a los US$ 5 millones. Con las nuevas disposiciones aquellos importadores y exportadores que no hayan superado la cifra antes señalada no deberán proporcionar datos al Banco Central,
Con el objetivo de permitir estas simplificaciones se han reemplazado los capítulos IV y V del CNCI y de su Manual de Procedimientos y Formularios de Información. Las modificaciones realizadas fueron publicadas en el Diario Oficial de fecha 10 de diciembre de 2003 y están disponibles en la página web del Banco Central de Chile, www.bcentral.cl
El Banco Central de Chile determinará quienes deberán informar, en base a los antecedentes que le proporcione el Servicio Nacional de Aduanas, y a objeto de facilitar el proceso de entrega de datos, comunicará a principios de cada año la señalada obligación a todos los exportadores e importadores que estén afectos a ella. El envío de los formularios podrá efectuarse por internet.
Es importante tener en cuenta que la información sobre operaciones cambiarias constituye un elemento importante para la elaboración de la balanza de pagos y la posición de inversión internacional, indicadores importantes para, entre otras cosas, velar por el cumplimiento de los pagos externos y evaluar la estabilidad financiera de nuestro país.
Esta medida permite concentrar la recopilación de datos sólo en los principales agentes de comercio exterior, manteniendo los estándares informativos que el Banco requiere. Además de simplificar el procedimiento, la decisión reduce la frecuencia de entrega de información ya que se sustituye el sistema basado en operación a operación, por un mecanismo de flujos mensuales totales, que son entregados al Banco con una periodicidad trimestral, utilizando para ello los formularios contenidos en el Manual del Compendio de Normas de Cambios Internacionales (CNCI).
Finalmente el número de empresas afectas a la obligación de informar, que actualmente alcanzan a aproximadamente las 18.000 empresas, no superarán las 900 empresas. De esta forma, junto con optimizar la eficiencia del proceso, al reducir los costos asociados para los agentes, se permite mejorar la calidad de la información.
Alejandra Molina Q., Gerente de Comercio Exterior www.asimet.cl |